Tarifa plana para autónomos: claves y condiciones para poder pagar sólo 50 euros
La tarifa plana para autónomos entró en vigor el 28 de septiembre de 2013 al ser publicada en el BOE la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Básicamente consiste en una reducción de la cuota mensual a ingresar en la Seguridad Social, la cuota de autónomos, si se dan una serie de circunstancias para tener derecho a dicha reducción.
De esta forma, durante los seis primeros meses de actividad como autónomos, sólo tienen que pagar una cuota de 50€. Mientras que al principio la tarifa era más restrictiva, actualmente el requisito principal que hay que cumplir para poder acceder a ella es no haber estado de alta como autónomos durante los últimos cinco años. Este es el único requisito, pero en la práctica la Seguridad Social impone alguno más.
No se tiene derecho a la reducción de cuotas en caso de ser administrador de una sociedad, en el caso de ser un autónomo colaborador, en el régimen especial para familiares de autónomos o que anteriormente haya recibido alguna bonificación en el régimen especial de trabajadores autónomos. Otras limitaciones como tener trabajadores contratados o ser mayores de 30 años se han ido eliminando y actualmente no suponen un problema para acceder a dicha tarifa plana.
¡Comparte! La tarifa plana de 50 euros para autónomos cada vez abarca a más gente, ¿la puedes solicitar tú?
Tarifa plana para autónomos menores de 30 años
En el caso de los trabajadores autónomos menores de 30 años, tienen derecho a una reducción de la cuantía a ingresar por la cuota de autónomos en la Seguridad Social que varia en función del tiempo. Cotizando sobre el tipo mínimo tendrán que pagar:
- 50 euros durante los seis primeros meses, que redondea el anterior descuento del 80% de la cuota de 264,44 euros, que la dejaba en algo más de 53 euros.
- 50% de reducción durante el siguiente semestre, donde se supone que el autónomo ya ha iniciado la actividad y tiene algunos ingresos procedentes de la misma con regularidad. La cuota asciende para 2015 a 132,22 euros.
- 30% de reducción durante el segundo año y los primeros seis meses del tercero, lo que deja la cuota a ingresar de 185,11 euros aunque variará si lo hace el mínimo de cotización obligatorio a lo largo de estos años.
Tarifa plana para autónomos mayores de 30 años
En el caso de los trabajadores mayores de 30 años en un primer momento no podían beneficiarse de esta medida, lo que ha dado lugar a una rectificación posterior. Actualmente aunque pueden beneficiarse de esta medida sus condiciones no son las mismas que los autónomos más jóvenes. Vamos a ver que nivel de reducción se pueden aplicar:
- 50 euros durante los seis primeros meses, lo mismo que se aplica a los nuevos autónomos menores de 30 años.
- 50% de reducción durante el siguiente semestre obteniendo una cuota en 2015 según el mínimo de cotización que asciende a 132,22 euros. Tampoco cambia respecto a los menores de 30 años.
- 30% de reducción durante los primeros seis meses del segundo año. En este caso aunque no varía el porcentaje si que lo hace el tiempo durante el cual se puede aplicar. Mientras que los menores de 30 años tenían 18 meses, para los mayores de 30 se queda únicamente en 6 meses.
La acogida a la tarifa plana para autónomos hay que solicitarla a la vez que se tramita el alta. Será la Seguridad Social la que compruebe que se cumple con todos los requisitos y, en caso afirmativo, aplique las reducciones a la cuota mínima correspondientes para cada uno según su edad. Además un requisito fundamental para mantener a lo largo del tiempo estas reducciones es pagar cada mes, ya que en caso de impago se elimina automáticamente dicha cuota.
La reducción siempre se aplica sobre la base mínima. Si un autónomo quiere cotizar por una base de 1.500 euros, la reducción se aplicará a la base mínima, mientras que el resto no tiene derecho de deducción y cotizará por el tipo nominal habitual.
Por último en el caso de los autónomos en pluriactividad, es decir que ejercen tanto el trabajo por cuenta propia como ajena, la Ley de Emprendedores introdujo unas nuevas bonificaciones del 50% de la cuota de autónomos para esos casos, aunque puede elegir entre la tarifa plana o las bonificaciones por pluriactividad.