Registro e informe de las horas ordinarias y complementarias de los trabajadores a tiempo parcial
¿A quién afecta?
A las empresas que contraten trabajadores por cuenta ajena a tiempo parcial.
¿A qué afecta?
A la «Comunicación de Horas», ordinarias y complementarias, que la empresa tiene que facilitar mensualmente a los trabajadores a tiempo parcial según lo dispuesto en el Artículo 12.5.h) del Estatuto de los trabajadores.
¿Cómo afecta?
- La «comunicación de horas» se puede realizar en el mismo Recibo Oficial de Salarios o en documento aparte, pero simultáneamente con el ROS.
- El informe de horas que se entrega al trabajador debe contener el detalle diario de las horas complementarias. Las horas ordinarias se pueden informar por su totalmensual.
- Las empresas que sustituyen la entrega del ROS por su publicación en la web del empleado pueden realizar la «comunicación de horas» de la misma forma.
¿Cuándo afecta?
Desde el 22/12/2013