Declaración de la Renta 2025: Consejos prácticos y novedades clave
La declaración de la Renta de 2025 trae puntos importantes que te conviene conocer, descubre algunos consejos prácticos a tener en cuenta.
Cada vez falta menos para la próxima campaña de la Renta 2025. El 31 de diciembre marca el inicio de la cuenta atrás para la presentación de la Renta del ejercicio 2024.
- Te dejamos algunos consejos prácticos que te serán de utilidad para tu próxima declaración del IRPF.
- Conoce las últimas novedades que afectan a tu declaración de la Renta 2025.
Este año la declaración de la Renta 2025 de los afectados por la DANA en Valencia, trae algunas novedades. Estarán exentas de tributación en el IRPF las ayudas recibidas por daños personales. Para el resto de los contribuyentes del IRPF hay algunas novedades que te conviene conocer.
Al igual que el año pasado, la declaración de la Renta deberá presentarse por medios electrónicos, siempre que exista atención personalizada para los contribuyentes.
CONTENIDO DEL POST
- Consejos prácticos para la declaración del IRPF del ejercicio 2024 que tendrás que presentar en 2025
- Novedades importantes en relación a la obligación de declarar
- Reducción por obtención de rendimientos del trabajo
- Deducción por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas
- Deducciones para promover la adquisición por particulares de vehículos eléctricos no afectos a una actividad económica
- Libertad de amortización en determinados vehículos y en nuevas infraestructuras de recarga
- Reducción por arrendamiento de vivienda para los contratos de arrendamiento celebrados desde el 1 de enero de 2024
Campaña Renta 2025
En «La mejor guía sobre la Campaña Renta» encontrarás todas las novedades legales en el cálculo y presentación del ejercicio 2024.
Consejos prácticos para la declaración del IRPF del ejercicio 2024 que tendrás que presentar en 2025
Si tienes que presentar la declaración de la Renta en 2025 te conviene tener en cuenta los siguientes consejos:
- No esperes al último momento para planificar tu declaración del IRPF: a partir del 31 de diciembre te será más difícil reducir tu factura fiscal.
- Revisa el borrador de tu declaración antes de presentarla. Si el borrador de Renta WEB tiene errores que reducen tu pago del impuesto, corrígelos antes de presentarla. Si Hacienda se da cuenta a posteriori, te reclamarán con intereses las cantidades no pagadas. Por otra parte, puedes estar pagando más de lo que te corresponde si no aplicas bonificaciones a las que pudieras tener derecho.
- Consulta con un asesor fiscal. Si eres un profesional o autónomo, o tu declaración de la renta 2025 tiene cierta complejidad, no te arriesgues y consulta a un asesor fiscal. Al igual que si no sabes de electricidad no te atreverías a montar un cuadro eléctrico. Si no sabes de impuestos y juegas con ellos, puedes quedarte electrocutado con una descarga de sanciones y recargos por parte de la Agencia Tributaria.
Los conocimientos y experiencia de un buen asesor, junto con un software como Sage for Accountants, garantizan que tu declaración del IRPF esté libre de errores y que se aprovechen todas las deducciones.
Novedades importantes en relación a la obligación de declarar
Tendrán la obligación de declarar todas aquellas personas físicas que en cualquier momento del período impositivo hubieran estado de alta, como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, o en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Además, se eleva de 15.000 a 15.876 euros anuales el límite excluyente de la obligación de declarar en el caso de percibir rendimientos del trabajo que procedan de más un pagador. Con las siguientes excepciones:
- Pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
- En los casos en que el pagador no esté obligado a retener o cuando sean rendimientos sujetos a tipo fijo de retención.
Otra novedad importante es que los parados que cobren menos de 15.876 euros no tendrán que pagar a Hacienda por el IRPF. Sin embargo, sí que estarán obligados a presentar la declaración de la Renta. Se unen así a los perceptores del ingreso mínimo vital que ya estaban obligados a su presentación.
Si no lo hiciesen podrían perder el derecho a la prestación que estuviesen recibiendo. Esta obligación se materializó con la publicación en el BOE del 22/05/2024, del Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo. En ella, se modificó el artículo 299 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, para incluir esta obligación.
Reducción por obtención de rendimientos del trabajo
Se incrementa la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo de los 6.498 euros actuales a 7.302 euros anuales. Esta cuantía posteriormente irá decreciendo linealmente en dos tramos a medida que vayan aumentando los ingresos de modo que:
Los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,5 euros siempre que no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo superiores a 6.500 euros, minorarán el rendimiento neto del trabajo en las siguientes cuantías:
- Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 14.852 euros: 7.302 euros anuales.
- Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo superiores a 14.852 euros, pero iguales o inferiores a 17.673,52 euros: 7.302 euros menos el resultado de multiplicar por 1,75 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 14.852 euros anuales.
- Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo comprendidos entre 17.673,52 y 19.747,5 euros: 2.364,34 euros menos el resultado de multiplicar por 1,14 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 17.673,52 euros anuales.
Deducción por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas
Las cantidades satisfechas por obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2024 para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración y la mejora en el consumo de energía primaria no renovable seguirán siendo deducibles en la Renta de 2024. Tanto en la vivienda habitual como en cualquier otra que se tuviera arrendada para su uso como vivienda en ese momento o en expectativa de alquiler. Siempre que, en este último caso, la vivienda se alquile antes del 31 de diciembre de 2025.
La deducción por las obras realizadas en edificios de uso predominantemente residencial se podrá aplicar por las cantidades satisfechas por tales obras hasta el 31 de diciembre de 2025. Esta deducción se practicará en los períodos impositivos: 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025 en relación con las cantidades satisfechas en cada uno de ellos.
Deducciones para promover la adquisición por particulares de vehículos eléctricos no afectos a una actividad económica
Con efectos desde el 30 de junio de 2023 se añadieron por el artículo 189 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio dos nuevas deducciones:
- Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos ‘enchufables’ y de pila de combustible. Los contribuyentes pueden deducir el 15 % del valor de adquisición de la compra de un vehículo eléctrico nuevo. La base máxima de la deducción será 20.000 euros, constituida por el valor de adquisición del vehículo, gastos y tributos inherentes a la adquisición. Por ello, se deberán descontar aquellas cuantías que hubieran sido subvencionadas o fueran a serlo a través de un programa de ayudas públicas.
- Deducción por la instalación de infraestructuras de recarga. Los contribuyentes podrán deducir el 15 % de las cantidades satisfechas desde el 30 de junio de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024. Para la instalación durante dicho período en un inmueble de su propiedad de sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos no afectas a una actividad económica. La base máxima anual de esta deducción será de 4.000 euros anuales.
Libertad de amortización en determinados vehículos y en nuevas infraestructuras de recarga
Además de las deducciones del apartado anterior, se permite aplicar la libertad de amortización prevista en el Impuesto sobre Sociedades (IS) a todos los contribuyentes cualquiera que sea el método de determinación de su rendimiento neto. Por lo tanto, podrán aplicar la libertad de amortización para el IS, los contribuyentes del IRPF que desarrollen una actividad económica a la que se afecten vehículos e instalaciones de recarga.
Reducción por arrendamiento de vivienda para los contratos de arrendamiento celebrados desde el 1 de enero de 2024
Mediante la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda se modula la actual reducción del 60 % estableciéndose que el rendimiento neto positivo se reducirá:
- En un 90 % cuando se haya formalizado por el mismo arrendador un nuevo contrato de arrendamiento sobre una vivienda situada en zonas de mercado residencial tensionado. Con una reducción en la renta de al menos un 5 % sobre el contrato anterior.
- En un 70 % cuando: no se cumplan los requisitos anteriores, se trate de la incorporación al mercado de viviendas destinadas al alquiler en zonas de mercado residencial tensionado y se alquilen a jóvenes de entre 18 y 35 años en dichas áreas.
- En un 60 % cuando, no cumpliéndose los requisitos de los dos apartados anteriores, la vivienda hubiera sido objeto de una actuación de rehabilitación que hubiera finalizado en los dos años anteriores a la fecha de celebración del contrato.
- En un 50 % en cualquier otro caso.
En definitiva, la campaña de la Renta 2025 presenta novedades significativas que pueden impactar en tu declaración. Para optimizar tus resultados y evitar sorpresas desagradables, te recomendamos: anticiparte a la presentación, revisar minuciosamente el borrador, considerar la asesoría de un profesional si tu situación es compleja y, sobre todo, estar al tanto de las deducciones y bonificaciones a las que puedas tener derecho. Recuerda que cada euro cuenta y que una buena planificación puede marcar la diferencia en tu bolsillo.
Nota del editor: Este artículo fue publicado con anterioridad y actualizado a 2025 por su relevancia.