Hace referencia a un tipo de tributo que se paga a las Administraciones Públicas. Los tributos son la forma que tiene el Estado de financiarse y obtener recursos para realizar sus funciones. A su vez, los tributos se clasifican en tasas, contribuciones especiales e impuestos. Las tasas se pagan por los ciudadanos como consecuencia de la realización de una actuación administrativa que les beneficia individualmente, pero que están obligados a solicitar o recibir (recogida de basuras, la expedición del DNI). Las contribuciones especiales se pagan cuando una actuación pública dirigida a satisfacer una necesidad colectiva produce un beneficio especial a determinados individuos.
Por ejemplo, el aumento de valor de una finca como consecuencia de la realización de una obra pública. Los impuestos son cantidades que se exigen obligatoriamente por ley sin que exista una contraprestación individualizada específica y que se fundamentan en hechos que demuestran la capacidad económica de los ciudadanos.
La capacidad económica o de pago es un principio fundamental a la hora de hablar de los impuestos. Es un principio basado en criterios de equidad, de justicia distributiva y, conforme a él, una mayor capacidad económica supone una mayor capacidad para atender las cargas públicas.
Existen distintas clasificaciones de los impuestos, pero la más conocida y utilizada es la que distingue entre impuestos directos e impuestos indirectos. Los impuestos directos son los que se aplican sobre una manifestación directa de la capacidad económica, como es la posesión de un patrimonio o la obtención de una renta. Los impuestos indirectos son los que se aplican sobre una manifestación indirecta de la capacidad económica: la circulación de la riqueza, bien por actos de consumo o bien por actos de transmisión. En definitiva, los impuestos directos gravan la riqueza en sí misma, mientras que los indirectos gravan la utilización de esa riqueza.
Son impuestos directos los siguientes:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- Impuesto sobre la Renta de no Residentes
- Impuesto sobre Sociedades
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Impuesto sobre el Patrimonio
Son impuestos indirectos los siguientes:
- Impuesto sobre el Valor Añadido
- Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
- Renta de Aduanas
Impuestos Especiales
- Alcohol y bebidas alcohólicas
- Hidrocarburos
- Tabaco
- Matriculación de medios de transporte.
Los impuestos también se pueden clasificar como progresivos o regresivos. En los progresivos, cuanto mayor es la base imponible, mayor es el tipo de gravamen. En los regresivos es justo al contrario.