COVID-19. Prórroga del estado de alarma decretado por RDL 463/2020 del 14 marzo
¿A qué afecta?
A la movilidad de las personas ocasionada por la COVID-19.
¿A quién afecta?
Empresas, autónomos y autónomos empleadores.
¿Cómo afecta?
Se prorroga el estado de alarma hasta las 00:00 horas del día 24 de mayo de 2020.
Las personas podrán desplazarse por el territorio de la provincia, isla o unidad territorial de referencia que determine el Ministro de Sanidad a propuesta de las CCAA y de las ciudades de Ceuta y Melilla. Los desplazamientos a otra parte del territorio nacional habrán de estar justificados.
¿Desde cuándo afecta?
10 de mayo de 2020
URL: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-4902#a1
Ley: Real Decreto 514/2020, de 8 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.